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Diario El País - 18/03/11 - INAU dispuesto a revisar adopciones trancadas

| viernes, 18 de marzo de 2011

INAU dispuesto a revisar las adopciones trancadas

Casos. El instituto frenó trámites iniciados con ley anterior
PAULA BARQUET
El director del INAU Jorge Ferrando negó que se estén "trancando" las adopciones iniciadas con la ley anterior y aseguró que ese tipo de situaciones, generadas por los "vacíos de interpretación" de la nueva norma, se están "analizando".
Varios trámites de adopción iniciados años antes de la reforma del Código del Niño (de octubre de 2009) fueron frenados por el INAU a poco de ser concluidos, con el argumento de que estaban excedidos del plazo establecido por la norma para contemplar ese tipo de situaciones, que es de un año.
El País supo de al menos tres casos en los que los niños (de entre tres y cinco años) ya viven con los padres adoptantes. De todas formas, según un escrito del INAU al que accedió El País, esas familias "deberán conformarse con la tenencia".
Ferrando se excusó de hacer declaraciones sobre casos particulares: "En la ley dicen que las familias que tienen un proceso iniciado de tenencia tienen plazo de un año para presentarse, pero tú me decís que esta gente ya se había presentado. Me llama la atención, pero no puedo discutir un caso. Tendría que profundizar", indicó.
Sin embargo, Ferrando afirmó que "el INAU está dispuesto a revisar" ese tipo de situaciones en las que "ya hay un vínculo creado", porque merecen "un análisis más profundo". "Más allá de que la ley pueda tener vacíos o aspectos no totalmente establecidos, es algo que no estamos descartando y que estamos estudiando", dijo.
Aunque no pudo aportar datos concretos sobre litigios en situaciones similares a las descritas, el jerarca rechazó de plano que el instituto esté "trancando" las adopciones iniciadas bajo el régimen anterior.
"Y si así fuera, igual la decisión es del juez. El INAU da sus elementos y su opinión, pero el juez puede fallar siguiendo o no la posición del INAU, que es técnica pero no definitiva. Si el juez tiene fundamentos para fallar de un modo distinto a lo que el INAU sugiere, tiene todas las potestades", advirtió.
Consultada por El País, la catedrática grado 5 y especialista en Derecho de Familia, Ema Carozzi, consideró que la interpretación del INAU en los casos que trascendieron "no es la correcta" porque es un criterio que "lleva al absurdo total y una ilicitud retroactiva" de la nueva normativa. Opinó, además, que "si la entrega del niño se hizo antes de la vigencia de la nueva ley, hoy debe accederse a la adopción, porque si no se estaría aplicando una ley que no estaba vigente al momento de otorgar la tenencia".
En el INAU se conformó un grupo de trabajo integrado por el directorio, el equipo de Adopción y el de Jurídica, para "analizar las distintas situaciones planteadas".
"También estamos trabajando con integrantes del Poder Judicial para ver la propuesta de una nueva acordada, de modo de llenar algunos vacíos de interpretación y dar orientaciones en acuerdo con los jueces, con la prioridad de que el tiempo de institucionalización de los niños sean el menor posible, que es algo que no se está cumpliendo todavía", señaló el jerarca. (Ver nota aparte).
EL CASO. El País accedió ayer a un escrito en el que el instituto solicita al juez que no se continúe el proceso de adopción de una familia por haberse excedido de los plazos legales y por no haber sido "seleccionados por el Departamento de Adopciones del INAU". La pareja adoptante "deberá conformarse con la tenencia del niño, pero no adoptarlo", sentencia.
De acuerdo al artículo cuarto de la ley 18.590, "por un plazo de un año desde la vigencia de esta ley, los tribunales podrán hacer lugar a adopciones de niños, niñas y adolescentes cuya tenencia por parte de los pretensores adoptantes hubiera comenzado -lícitamente- antes de esa fecha".
En este caso, la pareja solicitó la tenencia del niño en 2006, la obtuvo en 2007, y en 2009 se le quitó la patria potestad a la madre biológica. Cuando fueron a dar el último paso (la legitimación adoptiva), en abril de 2010, el INAU alegó que la familia había iniciado el trámite después de que la ley hubiera entrado en vigencia.
En realidad, hacía cuatro años que estaban en el intrincado proceso. Pero el artículo, que refiere a la "tenencia" y no a otras etapas del mismo, permite distintas interpretaciones.
En su respuesta, el estudio jurídico que patrocina el caso plantea que "es política y legalmente correcto pensar que lo que pretendió el legislador fue poner a resguardo aquellos trámites en curso cuyo devenir en el tiempo podría resultar demorado por la propia tramitación".

En Montevideo, 31 causas demoradas

Jorge Ferrando, miembro del directorio del INAU, informó a El País que hay 31 causas de adopciones que se excedieron del plazo estipulado por la nueva norma para dar en adopción a un niño. Según la ley 18.590, los niños de entre cero y dos años no podrán permanecer institucionalizados más de 45 días, y aquellos de entre dos y siete años, hasta 90 días. "Por distintos factores esos plazos no siempre se están cumpliendo", reconoció Ferrando. Junto con el Poder Judicial, el INAU está realizando un relevamiento para identificar cuáles son las causas de los retrasos. A menudo, comentó, se trata de situaciones en las que a pesar de que el INAU ha realizado la evaluación de la familia biológica y la adoptante, "por alguna razón el fiscal o el juez no está convencido de que estén dadas las condiciones necesarias". Por los motivos que sean, "se están generando dificultades porque hay niños pequeños que no están siendo entregados a una familia en los plazos que establece la ley", expresó. Ferrando defendió que el instituto está "trabajando bastante por destrancar los procesos" y advirtió que "no es el INAU el que demora".
El País Digital

Link:  http://www.elpais.com.uy/110318/pnacio-554146/politica/inau-dispuesto-a-revisar-las-adopciones-trancadas/

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