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"No hay razones para que prospere el recurso de amparo"

| miércoles, 18 de enero de 2012

"No hay razones para que prospere el recurso de amparo"

La abogada defensora del matrimonio que adoptó legalmente a la niña Mía, que reclaman judicialmente a la mujer que la cuidaba por régimen de INAU, sostuvo que no hay razones para que prospere el recurso de amparo.

Luego de la audiencia judicial de hoy, la abogada Laura Araújo dijo a El Espectador que la adopción se dio luego de pasar todos los trámites del INAU y que un equipo evaluador de este instituto estableciera que Mía no debía quedarse en el hogar de acogida.

Este miércoles se realizó en el Juzgado de Las Piedras la audiencia por el recurso de amparo presentado por la mujer que tenía a la niña de 16 meses en calidad de cuidadora por el INAU.

Este martes se había realizado una instancia extrajudicial para llegar a una conciliación entre ambas familias.

El presidente del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU), Javier Salsamendi, ofreció un régimen de visitas al matrimonio Márquez, con el que la niña vivía hasta la semana pasada.

El matrimonio no aceptó e insiste por recuperar la beba.

“Nuestra total disposición a trabajar a favor de que exista el más amplio régimen de visitas a los efectos de que no se pierda ningún tipo de contacto de esta familia de acogimiento con la niña y con sus futuros padres adoptantes”, dijo Salsamendi.

El abogado de la familia que tenía a Mía en régimen de cuidados, Sergio Rodríguez, explicó por qué rechazaron el planteo.

“No hubo posibilidad de acuerdo. Nosotros pretendemos la restitución, entendemos que es lo mejor para la niña y la institución entiende que lo mejor es estar con un matrimonio que surgió de la lista del. La única posibilidad que se manejó es un régimen de visitas y eso nos parece ciertamente negativo porque consideramos que la niña en realidad no podrá hacer su vínculo paterno filial con el matrimonio adoptivo si sigue viendo a los cuidadores los martes y los jueves”.

En tanto, la abogada del matrimonio compuesto por Federico, un funcionario público y Alison, una docente, que adoptaron a la niña, expresó a El Espectador que, a su entender, no hay condiciones para el amparo.

“Nosotros comparecimos a la audiencia de este miércoles, contestamos la acción de amparo y así se lo presentamos a la señora jueza, y básicamente lo que decimos es que todos los argumentos legales que corresponden a una acción de amparo acá no se dan como para acoger la pretensión que hace la parte actora”.
Laura Araujo, del Estudio Ferrere, se refirió a los padres adoptantes y dio datos sobre el proceso del INAU para la resolución judicial sobre la adopción.

“Los padres adoptantes, de aquellos que cumplieron con todos los requisitos previstos por la ley para ser adoptantes, se postularon a partir del año 2007. En el caso de Mía, concretamente, el INAU entendió que nuestros clientes cumplían con todos los requisitos de adoptabilidad y que además la familia cuidadora, que como tal tiene de forma temporal a los niños, tenía la obligación de entregarla. Y aparte hubo un equipo evaluador de parte del INAU que entendió que Mía no debía quedarse en el hogar de acogida. Nuestros clientes tuvieron la suerte de recibir a Mía y esperamos que esta resolución se mantenga y que no tengamos que restituir a la niña, porque realmente el error en una resolución de ese tipo serían un perjuicio absoluto con respecto a la niña”.

La abogada dijo que la familia que reclama a Mía no tiene calidad de adoptantes y recordó que no se puede adoptar a un niño específico sino registrarse para adoptar un niño, lo que surge del proceso de definición del INAU y de un juez.

La jueza de Las Piedras, Mary Campiglia, tiene plazo hasta el lunes para emitir sentencia, pero anticipó que lo hará el viernes.

http://www.espectador.com/1v4_contenido.php?id=230960&sts=1

 

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